Participación Ciudadana exige autoridades electas presentar declaración jurada de bienes 

Los funcionarios tienen la obligación de presentar su declaración jurada de patrimonio inicial, dentro de los 30 días de la toma de posesión. 

Santo Domingo.- El movimiento cívico Participación Ciudadana (PC) recordó a los funcionarios municipales electos, como está establecido en la Constitución que, es obligatoria la declaración jurada de bienes, por lo que le corresponde siempre probar el origen de sus bienes, antes y después de haber finalizado sus funciones o a requerimiento de autoridad competente. 

Mientras que, la Junta Central Electoral (JCE), en su nota de prensa publicada en su portal web del 18 de abril, da cuenta de haber entregado certificados de elección a unos 3,849 candidatos electos y reelectos.  

Los funcionarios tienen la obligación de presentar su declaración jurada de patrimonio inicial, dentro de los 30 días de la toma de posesión. 

Conforme a la publicación oficial de la Cámara de Cuentas (CCRD), sólo han presentado la declaración jurada inicial la cantidad de 525 funcionarios electos, lo que representa un 14 % del universo de funcionarios municipales, quedando pendiente de cumplir con la formalidad la cantidad de 3,324 que representan el 86 % de los funcionarios municipales electos.  

Señalaron que, la legislación de la materia establece de manera expresa que la ausencia de declaración jurada constituye una falta grave de tercer grado, conforme a la Ley núm. 41-08 de la Función Pública, que conlleva como sanción la destitución.  

“Es importante enfatizar que el cumplimiento de dichas normativas sobre la declaración jurada de patrimonio, se constituye como el primer eslabón que permite el control de la administración pública y con ello un adecuado seguimiento anticorrupción en el seno del Estado dominicano”, destacaron.  

A su vez, instaron a las autoridades competentes "dar cumplimiento a dicha obligación y a otras instancias, a disponer la tramitación correcta de dicha falta del funcionario público para la satisfacción de dicho deber y el cumplimiento de la normativa en materia de declaración jurada de patrimonio”. 

Más vistas